La formación de un solicitante de asilo es legalmente admisible y fiable
El bufete de abogados Kleibömer Dr. Arroyave Partners se especializa en derecho migratorio. Hemos ayudado a numerosos solicitantes de asilo y migrantes a obtener formación o empleo legal en Alemania a través del programa "Futuro en Alemania". También servimos de contacto para empresas que desean contratar específicamente a solicitantes de asilo. Para más información, consulte Futuro en Alemania . "Futuro en Alemania" forma parte de un concepto de integración holística.
Sabemos que muchos empleadores dudan inicialmente de si capacitar o emplear a un solicitante de asilo es legalmente permisible y fiable. Esta preocupación es infundada, como explicamos a continuación, con base en pruebas legales.
Permiso de residencia para formación profesional (artículo 16g de la Ley de residencia)
Desde el 1 de marzo de 2024, el artículo 16g de la Ley de Residencia (AufenthG) ofrece a los aprendices que deben abandonar el país la opción de un permiso de residencia para formación profesional. Este nuevo permiso de residencia (alternativa a la tolerancia) se expide por toda la duración de la formación profesional cualificada. Con este permiso de residencia, la finalización de la formación y el empleo en la empresa son completamente legales: el titular tiene un permiso de residencia completo, por lo que se excluye la deportación durante la formación. Este permiso de residencia también ofrece una perspectiva segura más allá de la formación: tras completar la formación, existe el derecho legal a un permiso de residencia de dos años para ejercer un empleo correspondiente a la cualificación (véase el artículo 16g, apartado 8, de la Ley de Residencia). Posteriormente, si el aprendiz continúa trabajando, incluso puede obtener un permiso de residencia permanente (permiso de establecimiento). Para usted, como empleador, esto significa la máxima seguridad jurídica: invertir en la formación de un
La formación de solicitantes de asilo es rentable a largo plazo, ya que el aprendiz puede permanecer de forma permanente en la empresa o en el mercado laboral alemán si completa con éxito su cualificación.
Tolerancia en la formación (Sección 60c de la Ley de Residencia)
El artículo 60c de la Ley de Residencia (AufenthG) establece que a los solicitantes de asilo obligados a abandonar el país se les concede una suspensión temporal de la deportación (denominada "Ausbildungsduldung") durante la formación profesional cualificada. Esta suspensión temporal garantiza la legalidad de la formación y el empleo en la empresa formativa; no se requiere un permiso de trabajo independiente. El aprendiz puede trabajar en la empresa sin restricciones durante la formación y está plenamente protegido contra la deportación durante toda su duración. Al mismo tiempo, la suspensión temporal de la deportación ofrece claras perspectivas de residencia: tras completar con éxito la formación, la ley prevé una transición fluida a un permiso de residencia permanente por empleo (tres años de formación más un permiso de trabajo posterior; la "regla 3+2"). Esto ofrece al aprendiz una perspectiva realista de permanecer en Alemania a largo plazo y trabajar en la profesión que ha aprendido (véase el artículo 16g, párrafo 8, AufenthG).
Como se puede ver, la formación y el empleo de un solicitante de asilo no sólo son legalmente admisibles, sino que también son a largo plazo y ofrecen un alto grado de seguridad de planificación.

