Orden de deportación anulada: cómo los vínculos familiares protegen contra la expulsión
El Tribunal Administrativo de Chemnitz anuló la orden de deportación y la prohibición de entrada y residencia contra nuestro cliente. El factor decisivo fue el § 34, apartado 1, de la Ley de Asilo alemana (AsylG): los vínculos familiares con su pareja y su hijo de seis meses impiden la deportación.
1. El caso
Nuestro cliente, un ciudadano venezolano, solicitó asilo en Alemania en 2023. La Oficina Federal de Migración y Refugiados (BAMF) rechazó la solicitud en su totalidad: ni condición de refugiado, ni protección subsidiaria, ni prohibiciones de deportación. Se ordenó su deportación a Venezuela y se impuso una prohibición de entrada y residencia.
Lo que el BAMF no consideró: nuestro cliente vive en una relación estable con su pareja, una ciudadana cubana con permiso de residencia conforme al § 28, apartado 1, frase 1, número 1 de la Ley de Residencia (AufenthG). En septiembre de 2025 nació su hijo en común. La pareja tiene además otro hijo de una relación anterior que posee la nacionalidad alemana.
2. El problema jurídico
El § 34, apartado 1, de la Ley de Asilo establece que una orden de deportación solo puede dictarse si el extranjero no es reconocido como beneficiario de asilo y no tiene derecho de residencia. Sin embargo, la norma exige además que la orden se dicte "teniendo en cuenta" todas las circunstancias. El tribunal debe examinar si existen obstáculos a la deportación derivados de vínculos familiares.
La dificultad central: este examen no se realiza de oficio. El tribunal administrativo solo analiza los vínculos familiares en el contexto de la orden de deportación cuando el abogado los presenta de forma fundamentada. Sin la intervención del abogado invocando el § 34, apartado 1, AsylG, la orden de deportación se mantiene – incluso cuando la situación familiar es evidente.
3. La decisión del tribunal
El Tribunal Administrativo de Chemnitz acogió nuestra argumentación. Una separación del padre de su hijo de seis meses durante más de diez meses – el plazo mínimo hasta la posibilidad más temprana de reingreso – es incompatible con el bienestar del menor. Un lactante se encuentra en una fase crítica de apego. La ausencia del padre durante ese período puede causar daños irreversibles en el vínculo.
A esto se suma el vínculo entre hermanos: el hijo en común y el hijo mayor de la pareja – ciudadano alemán – crecen juntos como hermanos. La deportación del padre destruiría también esta estructura familiar.
4. Qué significa esto para los afectados
Este caso muestra un patrón que observamos desde hace años: el BAMF dicta órdenes de deportación sin examinar suficientemente los vínculos familiares. Los tribunales lo corrigen – pero solo cuando la situación familiar se presenta de forma fundamentada. Quien no tiene un abogado que conozca y conduzca esta argumentación pierde, a pesar de tener familia en Alemania.
En KAP Kanzlei Leipzig trabajamos estos casos desde hace años. Hemos contribuido activamente al desarrollo de la jurisprudencia sobre el § 34, apartado 1, AsylG en Sajonia. Si tú o alguien que conoces se encuentra en una situación similar: busca asesoramiento. A tiempo. Antes de que venzan los plazos.
5. Contacto
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